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Por Manuel Lombera y Julián Sánchez El Universal , 01/05/09
El mayor costo de la convocatoria del gobierno federal para que el sector productivo deje de laborar del 1 al 5 de mayo será cubierto por los trabajadores, ya que la ley no obliga a las empresas a pagar los días que no labore su personal.
(…)
El artículo 427 de la Ley Federal del Trabajo, señala: “Son causas de suspensión temporal de las relaciones de trabajo en una empresa (…) la fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón”. Es decir, la suspensión de labores por causa de una contingencia sanitaria no obliga a los patrones a pagar salarios, explicó Ítalo Morales, presidente de la Comisión Laboral de la Canacintra.
Luis Manuel Guaida, asesor legal de la Cámara Americana de Comercio, explicó que del 1 al 5 de este mes las empresas se encontrarán en una “clara situación” de fuerza mayor.
Ambos apelaron a la sensibilidad de los patrones para pagar los salarios.